viernes, 21 de mayo de 2010

El propietario de un foro no es responsable de opiniones de terceros, según el Supremo

El Tribunal Supremo ha aceptado el recurso de casación interpuesto por la empresa Ruboskizo SL, propietaria del foro de Internet Quejasonline, condenada por un juzgado de primera instancia de Valencia a pagar 6.135 euros a un abogado de Mutua Madrileña Automovilística por los comentarios supuestamente ofensivos publicados por un tercero en el foro.

En la sentencia, el tribunal entiende que, de acuerdo a la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico de 2002, los prestadores de servicios de alojamiento en Internet "no serán responsables por la información almacena a petición del destinatario, siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información ilícita o lesiona bienes o derechos de un tercero".

El Supremo añade que tampoco se puede hacer responsables a los propietarios de una página web de los comentarios publicados que vayan en contra de la ley siempre que, una vez que se den cuenta de lo que está ocurriendo, los responsables de esa página web "actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos".

El tribunal recuerda en su sentencia que una directiva europea del año 2000 sobre esta materia establece que los prestadores de servicios en Internet no tienen la obligación general de "supervisar los datos que transmitan o almacenen, ni una obligación general de realizar búsquedas activas de hechos circunstancias que indiquen actividades ilícitas".

El foro, dedicado a recoger quejas de la gente, publicó en 2006 una sobre Mutua Madrileña Automovilística firmada por uno de sus abogados en que se aseguraba que la compañía "engañaba a sus clientes". "Soy abogado de Mutua Madrileña y estoy cansado de engañar a la gente, pues la Mutua me hace retrasar los expedientes, con el fin de no pagar. Tiene pinta de irse al garete", señalaba el comentario.

Poco después, la empresa que gestiona el foro recibió una llamada del abogado asegurando que él no había escrito eso y pidiendo que se borrara el comentario, lo que el gestor del foro hizo, y que le dieran el nombre real de la persona que había publicado el comentario, cosa que los encargados de Quejasonline se negaron a hacer para no vulnerar la Ley de Protección de Datos.

Ante esta negativa, el abogado presentó una denuncia por daños patrimoniales y morales ante un juzgado de primera instancia de Valencia, que le dio la razón y condenó a la empresa propietaria de Quejasonline a publicar el fallo en el foro y pagar al abogado 6.135 euros. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Valencia desentimó el recurso de apelación de Ruboskizo SL y confirmó esta sentencia.

Finalmente el Supremo ha afirmado que la Audiencia Provincial no ha tenido en cuenta la jurisprudencia del Alto Tribunal sobre este tema y ha eximido de responsabilidad a la compañía propietaria del foro.

No hay comentarios: